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Autorización de uso legal de cuentas abandonadas en Confiar

OCT04

Autorización de uso legal de cuentas abandonadas en Confiar



FINANCIERAS

CONFIAR Cooperativa Financiera informa a sus asociados y ahorradores que el 1 de febrero de 2016 fue promulgada la Ley 1777, la cual define las CUENTAS ABANDONADAS como aquellas cuentas de ahorros sobre las cuales el titular no hubiere realizado ningún movimiento crédito o débito durante tres años ininterrumpidos; y establece que los saldos de estas cuentas, que sean superiores a 322 UVR*, serán trasladados a título de préstamo a un fondo especial administrado por el ICETEX.

Es de aclarar, que la transferencia de los saldos de las cuentas abandonadas al fondo administrado por el ICETEX no alterará los saldos reflejados en los balances y extractos de las cuentas, no generará restricciones para la libre disposición de los recursos por parte de los titulares o terceros autorizados, ni impedirá que el titular de la misma cumpla con los esquemas de garantías o con cualquier otra finalidad legal o contractual especial que le haya asignado a la cuenta. En este sentido, en cualquier momento, el titular de la cuenta podrá disponer de los recursos presentándose a la entidad financiera donde se encuentra abierta la cuenta.

El primer traslado se realizará el 1 de agosto del presente año y se continuará haciendo de forma periódica, cada tres meses.

(*) UNIDAD DE VALOR REAL UVR: es una variable certificada por el Banco de la República que refleja el poder adquisitivo con base en la variación del índice de precios al consumidor (IPC), durante el mes calendario inmediatamente anterior al mes del inicio del período de cálculo. El dato actualizado a la fecha puede consultarse en la Página del Banco de la República http://www.banrep.gov.co/

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