OCT 312017
Cambios en los créditos según capacidad deudora
FINANCIERAS
En cumplimiento de la Circular Externa 026 de 2017 expedida por la Superintendencia Financiera, los asociados/deudores que hayan visto afectada su capacidad de pago y el normal cumplimiento de su crédito como consecuencia del ajuste en el ciclo económico, podrán acercarse a nuestras oficinas para solicitar el proceso de redefinición de las condiciones de sus obligaciones.
No se trata de una reestructuración, sino un paso previo, por tal razón no tendrá los efectos que una reestructuración puede tener en aspectos como la calificación del deudor y el acceso a nueva financiación.
Es importante tener en cuenta, que podrán acceder al proceso de redefinición de las condiciones originalmente pactadas, quienes se hayan visto afectados por el ciclo económico, siempre y cuando durante los últimos seis meses el crédito no haya alcanzado una mora consecutiva mayor a 60 días para microcrédito y consumo; y 90 días para comercial y vivienda.
Una vez recibida la solicitud, la Cooperativa evaluará la nueva realidad económica del deudor para adoptar una decisión frente a las condiciones del crédito. Este proceso no es un derecho automático, es decir que la presentación de la solicitud no obliga a Confiar a redefinir las condiciones, todo depende del resultado del establecimiento de las condiciones financieras actuales del deudor. La medida no establece un tiempo definido de respuesta, pero la Cooperativa dará prioridad a la atención y trámite de dichas solicitudes, conforme a los acuerdos del sistema de atención definidos por Confiar.
En caso de ser viable la redefinición, la modificación se realizará sobre el saldo vigente de capital e intereses adeudados al momento de realizar la solicitud y la tasa de interés será fijada por la Cooperativa de acuerdo con la evaluación de riesgo del deudor bajo las nuevas condiciones del crédito, así como las tasas de mercado.
Se debe tener en cuenta que si el deudor incumple el pago del crédito modificado bajo las nuevas condiciones (30 días de mora), éste se debe reconocer como una reestructuración, afectando la calificación crediticia, reporte a las centrales de información y en consecuencia el acceso a nueva financiación.
En los casos que el deudor haya realizado la solicitud, y ya haya incurrió en mora y ésta ya fue reportada a las centrales de riesgo, su reporte permanecerá en los tiempos determinados por la Ley. El historial no será borrado.
La aplicación de esta norma no es una amnistía, ni tiene carácter temporal, es un nuevo procedimiento que se aplica teniendo en cuenta las condiciones económicas actuales, de las cuales nuestros Asociados no son ajenos y busca generar condiciones favorables en protección de éstos.
El proceso de modificación de las condiciones del crédito no tendrá ningún costo para los Asociados-deudores.
Para mayor información comunícate con la Línea Confiable:
604 444 10 20 Medellín, Área Metropolitana y Oriente Antioqueño - 601 482 40 90 Bogotá - 01 8000 410 050 Resto del país
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