Una nueva posibilidad para tener casa propia en Colombia

Recientemente el Ministerio de Vivienda puso en marcha el “Semillero de Propietario – Ahorradores”, un programa de vivienda que busca acompañar a los colombianos que ganan menos de 2 salarios mínimos, es decir, $2.320.000 para el año 2023, a tener casa propia.

Confiar Cooperativa Financiera, a través de su cuenta de ahorros Suvivienda, se une al propósito del gobierno nacional para que muchas más personas pueden tener casa propia. Por eso te invitamos a visitar cualquiera de nuestras 60 oficinas en Antioquia, Bogotá, Boyacá, Casanare, Caldas, Quindío, Valle del Cauca, Meta y Risaralda.

¿Quiénes podrán ser beneficiarios del programa Semillero de propietarios - ahorradores?

  • Los hogares que ganen hasta $2.320.000 para el año 2023.
  • No ser propietarios de Vivienda en el Territorio Nacional.
  • No haber sido beneficiario de subsidios familiares de vivienda otorgado por una Caja de Compensación familiar que haya sido efectivamente aplicado.
  • No haber sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda otorgado por el Gobierno Nacional que haya sido efectivamente aplicado, incluido el subsidio aplicable a contratos de arrendamiento y arrendamiento con opción de compra, salvo quienes hayan vendido la vivienda por la imposibilidad de pago, o la vivienda haya quedado inhabitable o totalmente destruida como consecuencia de desastres naturales, calamidades públicas, atentados terroristas, o abandonada en el marco del conflicto armado.
  • No haber sido beneficiarios de las coberturas de las tasas de interés- FRECH.

¿Cómo se puede postular?

¿En qué momento se habilita el cupo?
El FONVIVIENDA expedirá la comunicación que acredita el cumplimiento de los requisitos y reserva el cupo máximo por 24 meses en el programa. Esta habilitación de cupo no puede superar el 31 de diciembre de 2025.

Condiciones para la asignación del subsidio
La asignación está sujeta a las siguientes condiciones:

  • El hogar beneficiario complete un monto mínimo de 4.5 salarios mínimos legales mensuales vigentes, en un producto financiero de ahorro, en máximo 18 meses, que empezaran a contar a partir de la expedición de la comunicación de habilitación en el programa.
  • Dentro de los 6 meses posteriores al cumplimiento del requisito anterior, el hogar debe contar con la Aprobación de Crédito hipotecario o una operación de leasing habitacional

Con los requisitos anteriores cumplidos el establecimiento de crédito solicitará al FONVIVIENDA la expedición del acto administrativo de la asignación del subsidio.

Este subsidio familiar de vivienda se podrá aplicar de manera complementaria con el asignado en el marco del programa MI CASA YA y de forma concurrente con el asignado por las cajas de compensación, siempre y cuando se trate de postulaciones nuevas y se apliquen las siguientes reglas para la definición del valor del subsidio:

  • Cuando se apliquen complementariamente los subsidios de los programas “Semillero de propietarios _ Ahorradores y Mi casa Ya, SIN CONCURRENCIA con el subsidio otorgado por las cajas de compensación familiar

Programa Monto del subsidio
Semillero propietarios - ahorradores Hasta 6 salarios mínimos legales mensuales vigentes
Mi Casa YA Hasta 30 salarios mínimos legales mensuales vigentes

      • Cuando se apliquen complementariamente los subsidios de los programas “Semillero de propietarios _ Ahorradores y Mi casa Ya, CON CONCURRENCIA con el subsidio otorgado por las cajas de compensación familiar.

        Programa Monto del subsidio
        Semillero propietarios - ahorradores Hasta 6 salarios mínimos legales mensuales vigentes
        Mi Casa YA Hasta 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes
        Caja de Compensación Familiar Hasta 30 salarios mínimos legales mensuales vigentes

        confiar@confiar.coop - Línea Confiable: 604 444 10 20 Medellín, Área Metropolitana y Oriente Antioqueño -601 307 70 20 Bogotá - 01 8000 410 050 Resto del país