Más que ofrecerte un seguro es la tranquilidad que necesitas para ti y los que más quieres con beneficios que CONFIAR en alianza con Aseguradora Solidaria de Colombia Entidad Cooperativa traen para ti.

Coberturas

AMPAROS

  • Perdida de la vida: Si tú como Asegurado llegas a fallecer, Aseguradora Solidaria pagará a los beneficiarios designados una compensación económica que corresponderá al monto pactado al momento de tomar el seguro. Debes tener en cuenta que el fallecimiento por suicidio solo tendrá cobertura después del primer año. La reclamación por este amparo da por finalizado el contrato de seguro.

  • Incapacidad total y permanente: Si como Asegurado principal sufres un accidente o una enfermedad que genere la pérdida de la capacidad laboral y al ser calificado por La Junta de Invalidez de acuerdo con lo estipulado por la ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios, esta sea igual o superior al 50%; recibirás el pago de tu seguro en vida.

  • Indemnización adicional por muerte accidental y beneficio por desmembración: Si durante la vigencia de la póliza como Asegurado sufres una lesión corporal derivada de un accidente, la pérdida funcional o anatómica de una de las partes del cuerpo o la vida se pagará una indemnización adicional.

  • Enfermedades graves Si durante la vigencia de la póliza compruebas mediante diagnóstico médico el padecimiento de una de las siguientes enfermedades, se te pagará el 100% del valor contratado para que lo disfrutes en vida. Debes tener presente que esta cobertura solo aplica a partir de los noventa (90) días de haber tomado la póliza y cuando la Enfermedad no haya sido diagnosticada antes del ingreso a la misma.

    • Cáncer (incluye: Leucemia, Linfomas, Enfermedad de Hodgkin, Melanoma Maligno)
    • Infarto al Miocardio
    • Insuficiencia Renal Crónica
    • Accidente Cerebro Vascular
    • Enfermedad de Alzheimer
    • Anemia Aplásica
    • Trasplante de Órganos (Corazón, Pulmón, Hígado y Páncreas)
    • Afección de Arteria Coronaria que exija cirugía
    • Quemaduras Graves o Gran Quemado
    • Enfermedad de Parkinson
    • Trauma Mayor de la Cabeza
    • Esclerosis Múltiple
    • Estado de Coma
    • Actividades de la vida diaria

     

    NOTA: El valor indemnizado por esta cobertura no afecta al valor asegurado del amparo de muerte. No tiene cobertura para este amparo el cáncer de seno o matriz, próstata

  • Beneficio por hospitalización: En caso que seas hospitalizado en un centro médico autorizado recibirás un auxilio económico hasta por un máximo de Cuarenta y cinco (45) días y cuatro (4) veces al año. Esta cobertura también te cubre en caso de Hospitalización en Casa.

  • Unidad de cuidados intensivos: En caso que seas hospitalizado en Unidad de Cuidados Intensivos recibirás un auxilio económico que se te pagará al doble de lo pactado por hospitalización, hasta por un máximo de treinta (30) días.

  • Tratamiento médico y cirugía ambulatoria: Tendrás derecho a la indemnización de este amparo una vez por vigencia, siempre y cuando necesites realizarte un tratamiento médico o quirúrgico dentro de un hospital o centro médico autorizado.

  • Parto normal o cesárea: Se cubre la hospitalización derivada de un parto normal o Cesárea siempre y cuando el embarazo haya iniciado después del ingreso a la póliza. Se reconoce una renta diaria hasta por cinco (5) días. NOTA: para que se genere cobertura el seguro se debe tomar antes del embarazo.

Tenga en cuenta

  • La persona que toma la póliza debe estar en excelente estado de salud, ya que no pueden existir pre- existencias médicas
  • La cobertura de la póliza inicia a las 11:59 p.m. horas de la fecha en que se expide el contrato siempre y cuando se confirme el pago de la prima.
  • La cobertura de rentas diarias por hospitalización cubre únicamente a aquellas que se deriven de enfermedades no preexistentes.

Edades

EDADES

EDAD MIN. INGRESO

EDAD MÁX. INGRESO

EDAD DE PERMANENCIA

Amparo básico

12 AÑOS MUJERES

14 AÑOS HOMBRES

65 AÑOS

72 AÑOS

Incapacidad total y permanente

12 AÑOS MUJERES

14 AÑOS HOMBRES

65 AÑOS

72 AÑOS

Indemnización adicional por muerte accidental y beneficios por desmembración

12 AÑOS MUJERES

14 AÑOS HOMBRES

65 AÑOS

72 AÑOS

Enfermedades graves

12 AÑOS MUJERES

14 AÑOS HOMBRES

65 AÑOS

72 AÑOS

Rentas diarias

12 AÑOS MUJERES

14 AÑOS HOMBRES

65 AÑOS

72 AÑOS

Planes

COBERTURAS

VALOR ASEGURADO

PLAN 1

PLAN 2

PLAN 3

PLAN 4

Pérdida de la vida

$10.000.000

$20.000.000

$30.000.000

$50.000.000

Indemnización adicional por muerte accidental

$10.000.000

$20.000.000

$30.000.000

$50.000.000

Beneficios por desmembración

$10.000.000

$20.000.000

$30.000.000

$50.000.000

Incapacidad total y permanente

$10.000.000

$20.000.000

$30.000.000

$50.000.000

Enfermedades graves

$10.000.000

$20.000.000

$30.000.000

$50.000.000

Renta diria por hospitalización

$30.000

$45.000

$60.000

$100.000

Unidad de cuidados intensivos

$60.000

$90.000

$120.000

$200.000

Parto normal o césarea

$30.000

$45.000

$60.000

$100.000

Tratamiento médico y cirugía ambulatoria

$15.000

$22.500

$30.000

$50.000

PRIMAS SEGURO DE VIDA

Valor prima anual

$79.000

$149.000

$228.000

$389.000

Beneficios

  • Expedición inmediata del certificado – póliza.
  • Cobertura inmediata por muerte accidental, violenta y natural.
  • Cobertura a nivel nacional.
  • Amplia cobertura en rentas de hospitalización.
  • Primas preferenciales y descuento automático de la cuenta de ahorros.
  • Se otorga un plazo de gracia de sesenta (60) días para pago.
  • Visite cualquiera de nuestras oficinas para recibir asesoría y mayor información.

Personas no asegurables/profesiones no asegurables

No podrán asegurarse bajo las condiciones expuestas:

  • Jueces, secretarios y altos miembros de la rama jurisdiccional.
  • Senadores, diputados, gobernadores y alcaldes.
  • Altos dignatarios del gobierno nacional, departamental y municipal.
  • Toreros.
  • Pilotos fumigadores.
  • Deportistas de alto riesgo.
  • Escoltas o guardaespaldas.


Las siguientes ocupaciones podrán asegurarse única y exclusivamente bajo el plan 1 ($10.000.000):

  • Miembros de las fuerzas militares, de policía o del DAS.
  • Directores de cárceles y demás empleados penitenciarios.
  • Empleados de la Fiscalía.
  • Los menores de edad y los beneficiarios deben ser los padres.

Adquiere el seguro

Visita cualquiera de nuestras oficinas para recibir asesoría y tomar el producto. Para mayor información ponte  en contacto con:

Cristian Camilo Castrillón
Coordinadora de Negocios Cooperativos
Aseguradora Solidaria
crcastrillon@solidaria.com.co
Celular 3176613215

Milena Montoya
Coordinadora de Negocios Cooperativos
Aseguradora Solidaria
simontoya@solidaria.com.co
Celular 3164727126

confiar@confiar.coop - Línea Confiable: 604 444 10 20 Medellín, Área Metropolitana y Oriente Antioqueño -601 482 40 90 Bogotá - 01 8000 410 050 Resto del país

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